Consultorio privado




Estudiantes
Marín Navarrete Bianell
Pérez Ramírez Adriana
Ramírez Torres Alejandra
Rivera Gordillo Evelyn
Torres Márquez Patricia

Con referencia al artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos “toda persona tiene derecho a la protección de la salud”, se realizó el análisis de un EBS de salud con las siguientes características: Es un consultorio particular ubicado en la Unidad Habitacional Ermita Zaragoza esquina con Manuel Zavala y Av. Siervo de la Nación. Delegación Iztapalapa.



Actualmente el consultorio mide 1.28 de largo por 74 cm de ancho donde se atienden a los pacientes, con un precio por consulta de $100.00 pesos dependiendo de la capacidad de pago de cada persona. Es un consultorio con equipo básico donde se atienden enfermedades leves como lo es una gripa, infecciones estomacales etc. EBS (de primer nivel). El consultorio tiene una cama de exploración, una báscula, lavabo que no se encuentra en servicio un escritorio y material médico (medicamento y utensilios de curación).

De acuerdo al Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) en su artículo 12º  “Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. Entre las medidas que deberán adoptar los Estados Partes en el Pacto a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho, figurarán las necesarias para:
a) La reducción de la mortinatalidad y de la mortalidad infantil, y el sano desarrollo de los niños;
b) El mejoramiento en todos sus aspectos de la higiene del trabajo y del medio ambiente;
c) La prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole, y la lucha contra ellas.
d) La creación de condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad”.

El ejercicio de este derecho a la salud se ve vinculado con otros derechos tales como la alimentación, trabajo y vivienda digna, educación y no discriminación entre otros, (conexidad de derechos). De acuerdo a la observación general 14 en materia de salud “el derecho a la salud en todas sus formas y en todos sus niveles abarca los siguientes elementos esenciales e interrelacionados cuya aplicación dependerá de las condiciones prevalentes”[1].

Para poder brindar y garantizar ese derecho a la salud, los estados partes se deberán guiar por  los siguientes principios:

·         Disponibilidad
·         Aceptabilidad
·         Calidad
·         Accesibilidad

EBS de acuerdo a la observación general 14 con los principios antes señalados

Disponibilidad: Número suficiente de EBS públicos de salud y centros de atención de la salud, así como de programas. Con todo, esos servicios incluirán los factores determinantes básicos de la salud, como agua limpia potable y condiciones sanitarias adecuadas.

El consultorio que nos encontramos analizando actualmente, no cubre con los  requisitos de disponibilidad, no cuenta con red hidráulica, sanitario y drenaje. Por lo tanto el servicio que se brinda en el consultorio perjudica al paciente o usuario al no contar con dichos servicios.

Para que el EBS tenga un mejor funcionamiento se propone lo siguiente:
·         Un sanitario con lavabo en funcionamiento
·          La red hidráulica y de drenaje  en perfectas condiciones.

Con estas mejoras se podrá brindar una mayor disponibilidad al paciente facilitándole la estancia mientras se encuentre en las instalaciones  haciendo uso de los servicios.

Aceptabilidad: Deberán ser respetuosos de la ética médica y culturalmente apropiados, es decir respetuosos de la cultura de las personas, las minorías, los pueblos y las comunidades, sensibles a los requisitos de género y el ciclo de vida, respetar la confidencialidad.

Para dicho apartado, no se cuenta con el personal capacitado para atender a personas que hablen otro idioma, personas invidentes, sordo mudas etc.)

Nuestra propuesta para este apartado es la siguiente:
·         Un cubículo de traductor de lenguas, con personal que hable otros idiomas, capacitado en braille y capacitado en lenguaje de señas.
Con estas mejoras los pacientes tendrán una mejor atención y el medico podrá brindarle un servicio más adecuado.

Calidad: Deberán ser también apropiados desde el punto de vista científico y médico y ser de buena calidad (personal médico capacitado, medicamentos y equipo hospitalario científicamente aprobados y en buen estado, agua limpia potable y condiciones sanitarias adecuadas.

El EBS actualmente se encuentra en un déficit ya que al no tener todas estas opciones hace que la atención médica tenga una deficiencia en cuanto a la calidad.

Algunas propuestas que hacemos para el EBS son las siguientes:
·         Un cubículo de promoción de la salud.
·         Un cubículo de arte terapia.
·         Un cubículo de psicología.
·         Una farmacia.
·         Medicina alternativa (acupuntura)
·         Rehabilitación
·         Sala de espera
·         Urgencias
·         Nutrición

Con estas mejoras el EBS podrá dar una mejor atención más integral en cuanto a este apartado, puesto que se contaran con cubículos que mejoren la calidad de vida de las personas que hacen uso de las instalaciones.

Accesibilidad: Los EBS deben ser accesibles a todos, sin discriminación alguna, dentro de la jurisdicción del Estado Parte. La accesibilidad presenta cuatro dimensiones:

No discriminación. Deben ser accesibles, de hecho y de derecho, a los sectores más vulnerables y marginados de la población, sin discriminación alguna.

En este apartado el EBS no cuenta con lo necesario para que se pueda prestar un servicio sin que exista la discriminación, porque no cuenta con la infraestructura además que depende del pago de la consulta para poder tener acceso al servicio. 

Algunas propuestas que le hacemos a este establecimiento son las siguientes:
·         Que accedan cualquier tipo de grupo social.
·         Capacidad de pago, por medio de un estudio socioeconómico (principio de solidaridad)
·         Rampas para personas con capacidades diferentes
·         Alfabeto braille

Con las mejoras hechas en el apartado, el paciente podrá tener un mejor disfrute de su salud.

Accesibilidad física. Deberán estar al alcance geográfico de todos los sectores de la población, en especial los grupos vulnerables o marginados, incluye también a los Factores Determinantes de la Salud (FDS), así como el acceso adecuado para las personas con necesidades especiales.

El área donde se encuentra ubicado el consultorio es catalogada como un lugar de alta marginación debido al nivel socioeconómico de los habitantes, el cual atiende a todos los sectores de la población.

Accesibilidad económica (asequibilidad). Los pagos por servicios de atención de la salud y servicios relacionados con los FDS deberán basarse en el principio de la equidad.

En la actualidad el EBS,  no toma en cuenta este apartado ya que se cobra una cuota para poder acceder al servicio médico. No toma en cuenta el factor determinante social.

Las propuestas para este apartado son las siguientes:
·         De acuerdo al pago del servicio médico estará basado en el principio de solidaridad.
·         Pago de acuerdo a su estudio socioeconómico.

Las mejoras que se presentaron para este apartado, las comunidades más cercanas al establecimiento de salud podrán acceder fácilmente al servicio sin que se vea afectada su economía con gastos mayores y podrán gozar de una mejor salud.

Acceso a la información. Comprende el derecho de solicitar, recibir y difundir información e ideas acerca de las cuestiones relacionadas con la salud.

Este rubro en el EBS actualmente sí se contempla, ya que los que hasta el momento han asistido han contado con la información adecuada y oportuna en cuanto a lo que se refiere a su salud.



Bibliografía

Arredondo y Menéndez “Modelos explicativos sobre la utilización de servicios de salud”
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) articulo 4
Frenk Julio “La salud de la población” Hacia una nueva salud pública México 1994 FCE
Gutiérrez Gonzalo “Los sistemas locales de salud: una transición de la respuesta social organizada” Salud Publica México 1991
Observación General N° 14 de Salud
Pacto Internacional de los Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC) articulo 12




[1] Observación general Nº 14 de salud párrafo 12

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